Legislación › Orden EFP/332/2021, de 6 de abril, por la que se regula la consolidación parcial del componente singular del complemento específico de los directores y directoras de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria.
Disposición final primera. Modificación de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de abril de 2021 y la del 8 de abril de 2025.
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Disposición final primera. Modificación de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
Uno. Se añade un nuevo ordinal 7.º, a la letra c del apartado 3 del artículo 15, que queda redactado en los siguientes términos: «7.º El reconocimiento de la consolidación parcial del componente singular del complemento específico de los directores y directoras de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria». (Derogada)
Dos. Se añade un nuevo ordinal 8.º, a la letra c del apartado 4 del artículo 25, que queda redactado en los siguientes términos: «8.º El reconocimiento de la consolidación parcial del componente singular del complemento específico de los directores y directoras de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, a los funcionarios de carrera de los Cuerpos docentes no universitarios destinados en los centros docentes en el exterior».
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-7021 | Leer | Qué cambió |
| 11 de abril de 2021 | Texto original | Leer |
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