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Legislación › Real Decreto 158/2021, de 16 de marzo, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Asesor para la Promoción Estratégica y Comercial de Canarias.

Disposición adicional primera. Constitución del CAPECC.

Disposición adicional primera. Constitución del CAPECC.

El CAPECC se constituirá en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este real decreto, debiendo las Administraciones Públicas y entidades representadas en el mismo proponer a sus representantes en el plazo de treinta días, a contar desde dicha fecha de entrada en vigor.

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