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Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 14 de abril de 2021 · Último cambio el 18 de septiembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 4. Obligaciones relativas a la prevención de residuos y a la puesta en el mercado de vehículos.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 5. Obligaciones relativas a la entrega y recogida de los vehículos para su tratamiento.
  10. Artículo 6. Documentación de la entrega.
  11. Artículo 7. Instalaciones y operaciones de tratamiento.
  12. CAPÍTULO IV
  13. Artículo 8. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización de automóviles.
  14. CAPÍTULO V
  15. Artículo 9. Obligaciones en el ámbito de la responsabilidad ampliada del productor de automóviles.
  16. Artículo 10. Sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
  17. CAPÍTULO VI
  18. Artículo 11. Obligaciones de información.
  19. CAPÍTULO VII
  20. Artículo 12. Régimen sancionador.
  21. Disposición adicional primera. Aplicación de otra normativa.
  22. Disposición adicional segunda. Cesión temporal para finalidades específicas de vehículos al final de su vida útil dados de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico.
  23. Disposición adicional tercera. Rehabilitación de vehículos con certificado de destrucción o certificado de tratamiento medioambiental emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento, cuando se acredite que tienen un especial interés histórico o singularidad. 2 redacciones · cambió el 18/09/2024
  24. Disposición transitoria primera. Adaptación de los CAT a las previsiones de este real decreto.
  25. Disposición transitoria segunda. Adaptación de las Administraciones públicas competentes.
  26. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  27. Disposición final primera. Modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
  28. Disposición final segunda. Títulos competenciales.
  29. Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
  30. Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo.
  31. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  32. [firma]
  33. ANEXO I
  34. ANEXO II
  35. ANEXO III
  36. ANEXO IV
  37. ANEXO V
  38. ANEXO VI
  39. ANEXO VII
  40. ANEXO VIII