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Legislación › Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

Artículo 88. Elaboración del presupuesto.

Artículo 88. Elaboración del presupuesto.

El Síndic de Greuges elaborará y aprobará cada año el proyecto de su propio presupuesto, y este se debe integrar, una vez tramitado y aprobado por los órganos competentes, en el presupuesto de la Generalitat, como sección independiente.

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