LexTotal

Legislación › Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros.

Artículo 3. Obligaciones generales en materia de formación.

Artículo 3. Obligaciones generales en materia de formación.

1. El nivel y alcance de los conocimientos y aptitudes de quienes proporcionen asesoramiento sobre productos de seguros y de reaseguros deberá ser mayor que el de quienes solo proporcionen información sobre dichos productos.

2. Los distribuidores de seguros y de reaseguros se asegurarán de que el personal relevante posee los conocimientos y aptitudes necesarios teniendo en cuenta la naturaleza de los servicios prestados así como la complejidad de los productos de seguros y de reaseguros sobre los que se informa o asesora.

3. Los distribuidores de seguros y de reaseguros se asegurarán de que el personal relevante conoce, entiende y pone en práctica las políticas y procedimientos internos establecidos y destinados a garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en el ámbito de la distribución de seguros y de reaseguros.

4. Los distribuidores de seguros y de reaseguros deberán poner a disposición del personal relevante el tiempo y los recursos suficientes para que pueda adquirir y mantener los conocimientos y aptitudes adecuados.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →