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Legislación › Decreto-ley 47/2020, de 24 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter económico en el sector de las instalaciones juveniles, de medidas en el sector de las cooperativas y de modificación del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19, y del Decreto-ley 42/2020, de 10 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a entidades del tercer sector social.

Artículo 16.

Artículo 16.

Se modifica el artículo 12 del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, que queda redactado de la manera siguiente:

«Artículo 12. Aplicación presupuestaria y financiación.

El importe máximo correspondiente al pago de estas ayudas, para el ejercicio 2020, es de 6.500.000 euros y se imputa a la partida presupuestaria D/480000190 del centro gestor BE19. El importe máximo destinado a esta ayuda se puede ampliar mediante resolución de la persona titular del órgano concedente, de acuerdo con el crédito disponible en la partida.»

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