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Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
En vigor Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Publicada el 13 de mayo de 2021 · Último cambio el 19 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Primero. Fijación de límites.
- CAPÍTULO II
- Segundo. Delegación de competencias por la persona titular del Ministerio en las personas titulares de las Secretarías de Estado del Departamento.
- Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría del Departamento.
- Cuarto. Delegación de competencias en las personas titulares de otros órganos.
- CAPÍTULO III
- Quinto. Delegación de competencias en materia de contratación.
- Sexto. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios, becas y ayudas públicas.
- Séptimo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- CAPÍTULO IV
- Octavo. Delegación de competencias en materia de contratación.
- Noveno. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios, becas y ayudas públicas.
- Décimo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- CAPÍTULO V
- Undécimo. Delegación de competencias en materia de contratación. 2 redacciones · cambió el 19/12/2025
- Decimosegundo. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios, becas y ayudas públicas.
- Decimotercero. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- CAPÍTULO VI
- Decimocuarto. Delegación de competencias en materia de contratación.
- Decimoquinto. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios, becas y ayudas públicas.
- Decimosexto. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- CAPÍTULO VII
- Decimoséptimo. Delegación de competencias en materia de gestión económica, financiera y presupuestaria.
- Decimoctavo. Delegación de competencias en materia de subvenciones y demás ayudas públicas.
- Decimonoveno. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- Vigésimo. Delegación de competencias en materia de autorizaciones diplomáticas de sobrevuelos y escalas de aeronaves del Estado.
- CAPÍTULO VIII
- Vigesimoprimero. Delegación de competencias en materia de contratación.
- CAPÍTULO IX
- Vigesimosegundo. Ejercicio de competencias delegadas.
- Vigesimotercero. Eficacia.
- [firma]


