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Legislación › Ley 2/2021, de 28 de abril, por la que se declara el Parque Natural de las Dunas de Liencres y Costa Quebrada.

Artículo 5. Área de Influencia Socioeconómica.

Artículo 5. Área de Influencia Socioeconómica.

Con el objeto de contribuir al mantenimiento del Parque Natural y compensar socioeconómicamente a las poblaciones afectadas, se establece como Área de Influencia Socioeconómica del Parque Natural la totalidad de la superficie de los municipios de Piélagos, Miengo y Santa Cruz de Bezana, a los efectos del régimen de subvenciones y ayudas públicas que se puedan establecer para los espacios de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria y para aquellas otras en las que la pertenencia a dicha Red pueda considerarse un criterio de ponderación positiva.

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