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Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 26 de mayo de 2021 · Último cambio el 26 de mayo de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Supuestos de presentación e ingreso de las autoliquidaciones a través de un depositario de central de valores establecido en territorio español.
- Artículo 3. Presentación e ingreso de las autoliquidaciones cuando las adquisiciones de los valores se anoten en cuentas vinculadas a un sistema de registro a cargo de un depositario central de valores establecido en territorio español.
- Artículo 4. Presentación e ingreso de las autoliquidaciones cuando las adquisiciones de los valores se anoten en cuentas vinculadas a un sistema de registro a cargo de un depositario central de valores establecido fuera del territorio español.
- Artículo 5. Comunicación de información por el sujeto pasivo al depositario central de valores y abono del importe de la deuda tributaria por el sujeto pasivo a la entidad participante.
- Artículo 6. Presentación e ingreso de las autoliquidaciones por el depositario central de valores ante la Administración tributaria.
- Artículo 7. Acuerdos de colaboración con otros depositarios centrales de valores.
- Artículo 8. Presentación e ingreso de la autoliquidación por el sujeto pasivo.
- Artículo 9. Fecha de liquidación de las operaciones.
- Artículo 10. Procedimiento especial de rectificación de operaciones declaradas en autoliquidaciones anteriores.
- Disposición adicional primera. Conservación de la información con trascendencia tributaria.
- Disposición adicional segunda. Publicación de lista de sociedades cuyas acciones se someten a gravamen.
- Disposición transitoria única. Primeras autoliquidaciones del Impuesto.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Autorización a la Ministra de Hacienda.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


