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Legislación › Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid.

Artículo 191. Clasificación.

Artículo 191. Clasificación.

1. Las Escalas de funcionarios de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid serán las siguientes:

Grupo A, subgrupo A1 de clasificación:

a) Escala de Técnicos de Gestión.

b) Escala de Letrados.

c) Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Grupo A, subgrupo A2 de clasificación:

a) Escala de Gestión Universitaria.

b) Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Grupo C, subgrupo C1 de clasificación:

a) Escala Administrativa.

b) Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Grupo C, subgrupo C2 de clasificación:

a) Escala de Auxiliares Administrativos.

b) Escala Básica Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.

2. La titulación necesaria para el acceso a cada una de las Escalas enumeradas se adaptará a lo dispuesto en la legislación vigente.

3. Con arreglo a la legislación vigente y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno y del Consejo Social, a propuesta del Gerente, previa negociación con la Junta de Personal de Administración y Servicios, la Universidad de Valladolid podrá crear y extinguir las Escalas, especialidades u otros sistemas de agrupación que incorporen competencias, capacidades y conocimientos comunes.

4. Los grupos, categorías profesionales, áreas funcionales y especialidades del personal laboral de Administración y Servicios serán los establecidos en el correspondiente convenio colectivo.

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