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Legislación › Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid.

Artículo 132. Negociación colectiva.

Artículo 132. Negociación colectiva.

1. Los empleados públicos de la Universidad de Valladolid tienen derecho a negociar sus condiciones laborales, en los términos establecidos por la ley, a través de las Juntas de Personal, los Delegados de Personal, el Comité o Comités de Empresa o, en su caso, los Comités Intercentros, según lo establezca la normativa vigente, y de la Mesa de Negociación de la Universidad.

2. Asimismo se podrán constituir, mediante acuerdo entre las partes implicadas, otros instrumentos de negociación en materia laboral y sindical que, según la índole de los mismos, tendrán carácter permanente o transitorio.

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