LexTotal

Legislación › Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Decimocuarto. Fronteras terrestres.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de junio de 2021 y la del 9 de junio de 2021. Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Decimocuarto. Fronteras terrestres.
Todas las personas de seis años o más, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España por vía terrestre deberán disponer de alguna de las certificaciones contempladas en el apartado quinto.
Quedan exceptuados de este requisito:
a) Los profesionales del transporte por vía terrestre en el ejercicio de su actividad profesional.
b) Los trabajadores transfronterizos.
c) Los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 km alrededor de su lugar de residencia.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de junio de 2021 En vigor BOE-A-2021-9563 Leer Qué cambió
7 de junio de 2021 Texto original Leer

← Decimotercero Índice Decimoquinto →