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Legislación › Orden PCM/575/2021, de 8 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de mayo de 2021, por el que se aprueba el Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional.

11. Estructura para el desarrollo del Plan Integral

11. Estructura para el desarrollo del Plan Integral

El carácter inclusivo y participativo del Plan exige de una colaboración activa de órganos, actores e instituciones del ámbito de las Administraciones Públicas, el sector privado y la sociedad civil en su seguimiento y desarrollo para generar sinergias y optimizar el intercambio de información sobre las actividades de las distintas comunidades de referencia.

Para la consecución de este objetivo, se establece una estructura formada por las siguientes instituciones y organismos:

1. Ministerios y organismos de la Administración General del Estado.

2. Comisión Mixta de Seguridad Nacional.

3. Comunidades y Ciudades Autónomas, a través de la Conferencia Sectorial para asuntos de la Seguridad Nacional.

4. Entidades locales.

5. Foro Integral de Cultura de Seguridad Nacional.

6. Grupo Interministerial de Seguimiento y Evaluación de la Cultura de Seguridad Nacional.

7. Departamento de Seguridad Nacional.

En este sentido, la Comisión Mixta de Seguridad Nacional, órgano del poder legislativo encargado de asumir las funciones que la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional otorga a las Cortes Generales, es un elemento esencial para incrementar la cultura de Seguridad Nacional en toda la sociedad.

Además, se promoverá la participación de las Comunidades Autónomas en el desarrollo de este Plan a través de la Conferencia Sectorial para asuntos de la Seguridad Nacional: un órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, y foro de diálogo sobre cuestiones que afectan a la protección de los derechos, las libertades y el bienestar de la ciudadanía, la defensa de España y sus compromisos internacionales.

Así mismo, acercar la Seguridad Nacional a las personas requiere de la implicación de las entidades locales, que son las Administraciones Públicas más cercanas a la sociedad. Por este motivo, se alentará y promoverá la participación activa de los municipios y provincias en el desarrollo del Plan.

La ciudadanía y la sociedad civil están llamadas a ser protagonistas y corresponsables de este Plan para desarrollar, canalizar y fomentar la implicación de todos en la consecución de la Seguridad Nacional. Por ello, se constituirá un Foro Integral de Cultura de Seguridad Nacional, como espacio de colaboración público-privada en el que se propongan iniciativas para fomentar la cultura de Seguridad Nacional y promover la realización de actividades conjuntas y participativas.

Como principal órgano garante de la ejecución, impulso, seguimiento y evaluación de las líneas de acción recogidas en este Plan, así como para la integración, sinergia y promoción de todas las actividades sectoriales relacionadas con la cultura de Seguridad Nacional, se constituirá un Grupo Interministerial de Seguimiento y Evaluación de la Cultura de Seguridad Nacional.

La creación, composición y funciones de ambos órganos se ajustará, por su naturaleza de órganos colegiados, a lo dispuesto en la Sección 3.ª, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público.

El Departamento de Seguridad Nacional se constituye en órgano de trabajo permanente del Plan y ejerce la secretaría de los órganos y grupos de trabajo que deriven del desarrollo de esta Plan.

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