LexTotal

Legislación › Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

Artículo 13. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de junio de 2021 y la del 12 de junio de 2025. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.
1. Las alumnas en situación de embarazo, parto o postparto, así como el alumnado en el que concurran circunstancias especiales que le impidan desarrollar la enseñanza de formación de manera presencial, podrán solicitar que les sean impartidas en la modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el anexo III.
2. La Junta Docente, si estuviera constituida, valorará las circunstancias especiales señaladas en el apartado anterior, así como, para cada solicitud, las asignaturas, o partes de ellas, que serán impartidas a distancia, elevando su parecer al Director del centro.
3. De igual modo, cuando se presenten circunstancias extraordinarias objetivas, y sea preciso a fin de garantizar la seguridad y protección de la salud u otros aspectos análogos, por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza se podrá disponer que sean impartidas en la modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el anexo III.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11787 Leer Qué cambió
11 de junio de 2021 Texto original Leer

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →