Legislación › Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Artículo 29. Sistemas de integración en una única clasificación final.
Artículo 29. Sistemas de integración en una única clasificación final.
1. El personal que finalice el correspondiente plan de estudios se ordenará de forma descendente, conforme a la calificación final resultante de superar la enseñanza de formación.
2. Al objeto de integrar en una única clasificación final al personal que se incorpora a la Escala de Cabos y Guardias, éste se ordenará de forma descendente, según la puntuación típica de cada uno, obtenida como resultado de dividir la diferencia de cada nota final con respecto a la media por su desviación típica.
Pt: puntuación típica.
ni: nota final del alumno o alumna.
ñ: nota media del alumnado que curse el plan de estudios en el centro docente de formación correspondiente.
c: número de componentes que ingresan en la escala.
3. En caso de igualdad de puntuación, se dará prioridad al alumno o alumna que tenga mayor edad.
4. La citada clasificación final se publicará en una única resolución con idéntica fecha de incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.


