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Legislación › Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.

Artículo 4. La Junta Docente.

Artículo 4. La Junta Docente.

1. Cuando así se determine por el director del centro docente de formación, se constituirá una Junta Docente para asuntos relativos a la enseñanza, cuya composición y funciones serán las que se determinan en las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación.

2. Las propuestas de la Junta Docente deberán ser elevadas al Director de la Academia de Suboficiales para su resolución, en su caso.

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