Legislación › Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.
Artículo 8. Fines del plan de estudios.
Artículo 8. Fines del plan de estudios.
El plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil tiene los siguientes fines:
a) Proporcionar al alumnado los conocimientos teórico-prácticos necesarios para el adecuado desempeño de su profesión y posibilitar el desarrollo de las competencias precisas para realizar con eficacia los cometidos que en el futuro le puedan ser encomendados, todo ello desde las perspectivas profesional y militar.
b) Integrar los conocimientos y competencias en formación humana al servicio de la función que el Cuerpo de la Guardia Civil desempeña y adecuar esos conocimientos a las misiones a éste encomendadas, de acuerdo con el código de conducta del guardia civil, inspirado en los principios básicos de actuación contenidos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, y en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, en lo que sea de aplicación a la Guardia Civil.
c) Conformar la enseñanza de formación de los suboficiales de la Guardia Civil, teniendo en cuenta la formación militar y la de Fuerza y Cuerpo de Seguridad.


