Legislación › Ley 3/2022, de 18 de mayo, por la que se aprueba el Plan Asturiano de Estadística 2022-2025.
Artículo 9. Los programas estadísticos anuales.
Artículo 9. Los programas estadísticos anuales.
1. El Plan Asturiano de Estadística se desarrollará mediante programas estadísticos con vigencia anual.
2. Los programas estadísticos anuales concretarán actividades estadísticas a desarrollar durante su periodo de vigencia, con expresión de las principales características metodológicas actualizadas de cada una de ellas.


