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Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.

Derogada o sin vigencia Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 25 de junio de 2022 · Último cambio el 14 de julio de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Modificación del texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
  5. Artículo 2. Modificación del artículo 29 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
  6. Artículo 3. Compensación económica en caso de incumplimiento de los plazos máximos de permanencia en la contratación en régimen administrativo.
  7. TÍTULO II
  8. Artículo 4. Cómputo de las plazas a incluir en la oferta pública de empleo de estabilización.
  9. Artículo 5. Procedimientos selectivos.
  10. Artículo 6. Reducción de plazos y simplificación de trámites.
  11. Artículo 7. Determinación de plazas en los procedimientos selectivos.
  12. Artículo 8. Procedimiento de concurso-oposición.
  13. Artículo 9. Procedimiento excepcional de concurso de méritos.
  14. Artículo 10. Regulación aplicable a los concursos de traslado para la provisión de las plazas que figuren en la oferta pública de empleo de estabilización.
  15. Artículo 11. Listas de aspirantes a la contratación temporal aplicables durante la tramitación de los procedimientos de estabilización.
  16. Artículo 12. Compensación económica derivada de la no superación de los procedimientos de estabilización.
  17. Disposición adicional primera. Adhesión del resto de Administraciones Públicas de Navarra.
  18. Disposición adicional segunda. Normas aplicables a los procedimientos de estabilización de empleo temporal que tramite el Departamento de Educación.
  19. Disposición adicional tercera. Normas aplicables a los procedimientos de acoplamiento interno previo que tramiten el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
  20. Disposición transitoria única. Adecuación de las herramientas informáticas a la nueva regulación de la contratación en régimen administrativo.
  21. Disposición final primera. Habilitación de medios necesarios para la ejecución del presente decreto-ley foral.
  22. Disposición final segunda. Remisión al Parlamento de Navarra.
  23. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  24. Firma
  25. Información relacionada