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Legislación › Real Decreto 65/2022, de 25 de enero, sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022.

ANEXO I

ANEXO I

Sistema de la Seguridad Social

Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2022

Clase de pensión Titulares
Con cónyuge a
cargo
—
Euros/año
Sin cónyuge:
Unidad
económica
unipersonal
—
Euros/año
Con cónyuge
no a cargo
—
Euros/año
Jubilación
Titular con sesenta y cinco años. 12.467,00 10.103,80 9.590,00
Titular menor de sesenta y cinco años. 11.688,60 9.452,80 8.934,80
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez. 18.701,20 15.156,40 14.385,00
Incapacidad permanente
Gran invalidez. 18.701,20 15.156,40 14.385,00
Absoluta. 12.467,00 10.103,80 9.590,00
Total: Titular con sesenta y cinco años. 12.467,00 10.103,80 9.590,00
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 11.688,60 9.452,80 8.934,80
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años. 7.448,00 7.448,00 7.383,60
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años. 12.467,00 10.103,80 9.590,00
Viudedad
Titular con cargas familiares. — 11.688,60 —
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. — 10.103,80
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. — 9.452,80 —
Titular con menos de sesenta años. — 7.655,20 —
Clase de pensión Euros/año
Orfandad
Por beneficiario. 3.089,80
Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. 6.076,00
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 7.655,20 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
Prestación de orfandad
Un beneficiario. 9.457,00
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios. 15.941,80
En favor de familiares
Por beneficiario. 3.089,80
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años. 7.463,40
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años. 7.033,60
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.565,40 euros/año entre el número de beneficiarios.

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