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Legislación › Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte.

Artículo 73. Actividades deportivas populares.

Artículo 73. Actividades deportivas populares.

Las Administraciones públicas fomentarán el deporte popular a través de la planificación, la programación y la oferta de actividades deportivas, tanto competitivas como no competitivas, buscando estándares de calidad y excelencia, así como mediante la promoción del acceso y uso de sus instalaciones deportivas y la divulgación y promoción del deporte popular.

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