Legislación › Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte.
Artículo 93. Uso de las instalaciones deportivas.
Artículo 93. Uso de las instalaciones deportivas.
1. El uso de las instalaciones deportivas de interés municipal que sean propiedad del Principado de Asturias podrá ser cedido a los concejos donde se ubiquen dichas instalaciones, en los términos previstos en la normativa aplicable.
2. El uso de las instalaciones deportivas de titularidad municipal que sean financiadas total o parcialmente por el Principado de Asturias podrá ser puesto a su disposición para la realización de actividades de interés autonómico.


