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Real Decreto 588/2022, de 19 de julio, por el que se establecen las especialidades docentes de los Cuerpos de Profesores y de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático.
En vigor Ministerio de Educación y Formación Profesional · Publicada el 20 de julio de 2022 · Último cambio el 20 de julio de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas y del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático.
- Artículo 3. Adscripción del profesorado actual.
- Artículo 4. Asignación de materias en las enseñanzas de Arte Dramático establecidas en el artículo 55 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
- Artículo 5. Asignación del trabajo de fin de estudios.
- Artículo 6. Atribución docente.
- Artículo 7. Docencia en el Bachillerato.
- Disposición adicional única. Creación de nuevas especialidades.
- Disposición transitoria primera. Antiguas especialidades no adscritas a las nuevas.
- Disposición transitoria segunda. Docencia en las materias de Bachillerato de la modalidad de Artes establecida en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII


