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Legislación › Orden PCM/679/2022, de 19 de julio, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente de aptitud psicofísica del personal de la Guardia Civil.

Disposición adicional tercera. Anotaciones procedentes de la documentación de otro personal.

Disposición adicional tercera. Anotaciones procedentes de la documentación de otro personal.

1. En el caso del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que ingrese en la Guardia Civil, el Ministerio de Defensa y la Dirección General de la Policía facilitarán, respectivamente, a la Dirección General de la Guardia Civil los datos, informaciones y circunstancias que tengan cabida en el expediente de aptitud psicofísica de la persona interesada.

2. Se podrán incluir en el expediente de aptitud psicofísica aquellos datos, informaciones y circunstancias relacionados con la aptitud psicofísica del personal de la Guardia Civil que pudieran tener relevancia en relación con el desempeño de sus funciones, siempre que sean comunicados a la Dirección General de la Guardia Civil por los organismos de las administraciones públicas a los que previamente pertenecía dicho personal, distintos a los contemplados en el apartado anterior.

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