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Legislación › Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria.

Artículo 44. Personal empleado.

Artículo 44. Personal empleado.

1. Las empresas de juego deberán suministrar al personal que realiza su actividad laboral en ellas formación básica relativa a la regulación del juego, la prevención de los riesgos asociados al juego, las políticas de juego responsable, la identificación de conductas adictivas asociadas al juego y buenas prácticas de intervención ante situaciones de juego problemático o patológico.

2. El personal empleado no podrá participar en las actividades de juego que se realicen en los establecimientos o empresas en los que presten sus servicios.

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