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Legislación › Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social.

Artículo 4. Tipologías del Sello de Inclusión Social.

Artículo 4. Tipologías del Sello de Inclusión Social.

1. El Sello se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías en función del ámbito de intervención en el que se lleven a cabo las actuaciones, siendo posible solicitar y obtener varias tipologías a la vez, por una o más actuaciones.

2. Las tipologías del Sello son:

a) Sello de Inclusión Social-Acceso a bienes y servicios, que reconoce iniciativas dirigidas a facilitar el acceso a bienes y servicios básicos a las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.

b) Sello de Inclusión Social-Apoyo a la infancia y la adolescencia, que reconoce iniciativas que mejoren las oportunidades de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios del ingreso mínimo vital, por ejemplo, permitiéndoles crecer en entornos seguros o aumentando las capacidades de la comunidad educativa.

c) Sello de Inclusión Social-Inserción sociolaboral, que reconoce actuaciones dirigidas a facilitar el acceso al mercado laboral de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.

d) Sello de Inclusión Social-Digitalización, que reconoce actuaciones dirigidas al acceso y uso de las tecnologías digitales y a la mejora de las competencias digitales de los beneficiarios del ingreso mínimo vital.

e) Sello de Inclusión Social-Otros, que reconoce actuaciones ligadas a la inclusión social de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital y que no se encuentren en las categorías anteriores; entre otras, actuaciones destinadas a la mejora de las habilidades personales y sociales, la reducción de la pobreza energética y la educación financiera.

3. Las actuaciones desarrolladas deberán integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres, la igualdad de oportunidades para todas las personas, sin discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o credo, discapacidad, edad, orientación sexual o identidad de género; y el principio de desarrollo sostenible.

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