Legislación › Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Artículo 11. Secretaría General de Planificación Política.
Artículo 11. Secretaría General de Planificación Política.
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Presidencia del Gobierno existirá una Secretaría General de Planificación Política, a la que le corresponde la coordinación de las áreas de su competencia y de la unidad que se le adscribe y, particularmente, realizar funciones de asesoramiento, apoyo y refuerzo en la elaboración del programa político del Gobierno.
2. La Secretaría General de Planificación Política contará con una Unidad de Coordinación, que tendrá nivel orgánico de Subdirección General.


