Legislación › Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos superiores o directivos.
Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos superiores o directivos.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad de las personas titulares de órganos superiores o directivos, y en defecto de designación de suplente, corresponderá la suplencia a los titulares de los órganos por el mismo orden en que aparecen citados en la estructura establecida en el presente real decreto.
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