Legislación › Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales.
Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
El Gobierno y la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el ámbito de sus competencias, dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo, aplicación y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.
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