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Legislación › Ley Foral 20/2022, de 1 de julio, para el fomento de un parque de vivienda protegida y asequible en la Comunidad Foral de Navarra.

Disposición transitoria segunda. Número máximo de solicitantes por solicitud en el Censo de Solicitantes de vivienda protegida.

Disposición transitoria segunda. Número máximo de solicitantes por solicitud en el Censo de Solicitantes de vivienda protegida.

Se excluirán de oficio, previa publicación en el Tablón de Anuncios Electrónico, las solicitudes presentadas en el Censo de solicitantes de vivienda protegida que transcurridos seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley foral tengan tres o más solicitantes.

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