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Legislación › Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja.

Artículo 9. Fomento de la economía social y solidaria.

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Artículo 9. Fomento de la economía social y solidaria.
1. El Gobierno de La Rioja reconoce de interés general y social la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y solidaria y de sus organizaciones representativas.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las entidades integrantes del sector público autonómico fomentarán y difundirán la economía social y solidaria en el ámbito territorial de La Rioja, respetando los objetivos previstos en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, y los señalados en el artículo 5 de esta ley.
3. El Gobierno de La Rioja impulsará la integración de las políticas de fomento de la economía social y solidaria con las desarrolladas en las diferentes áreas de gestión, en especial las de desarrollo rural, emprendimiento económico, fomento del empleo, sobre todo de jóvenes y mujeres, prestación de servicios sociales, dependencia, integración social, sanitarios, medioambientales, agrarios, educativos, culturales, de economía circular y de las nuevas tecnologías, procurando la efectiva coordinación entre consejerías y organismos dependientes de la Administración autonómica.
4. El Consejo de Economía Social y Solidaria de La Rioja asesorará las actuaciones de coordinación que deba realizar la dirección general competente, respetando las competencias que tengan atribuidas otras direcciones generales en función de la actividad desarrollada por las entidades de economía social y solidaria destinatarias de las mismas. (Derogado)
5. La Administración local, la Universidad de La Rioja y el conjunto de entidades públicas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja procurarán la promoción de la economía social y solidaria dentro de sus actuaciones.
6. Asimismo, se promoverá la implicación de las entidades privadas y de la ciudadanía en general en la labor de promoción y fomento de la economía social y solidaria en La Rioja mediante la formalización de los instrumentos de colaboración necesarios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-14006 Leer Qué cambió
23 de julio de 2022 Texto original Leer

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