Legislación › Ley 4/2022, de 16 de junio, de mecenazgo de la Región de Murcia y de modificación del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos.
Artículo 7. Modalidades de mecenazgo.
Artículo 7. Modalidades de mecenazgo.
El mecenazgo cultural, artístico, científico-tecnológico, social, medioambiental y deportivo no profesional podrá realizarse, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley, mediante las siguientes modalidades:
a) Donaciones.
b) Préstamos de uso o comodato.
c) Convenios de colaboración.
d) Cualesquiera otras aportaciones a título lucrativo para el desarrollo, promoción o difusión de una actividad o proyecto cultural, artístico, científico-tecnológico, social, medioambiental y deportivo no profesional.


