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Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, sobre delegación de competencias.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 9 de agosto de 2022 · Último cambio el 13 de febrero de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no-2
- [preambulo]
- Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General.
- Segundo. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Gestión Económica y Financiera.
- Tercero. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Prestaciones Sanitarias.
- Cuarto. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Prestaciones Sociales.
- Quinto. Delegación de competencias en las personas titulares de las Direcciones de los Servicios Provinciales y de Ceuta y Melilla.
- Sexto. Delegación de competencias en las personas titulares de las jefaturas de las Oficinas Delegadas.
- Séptimo. Abstención en el ejercicio de las competencias delegadas.
- Octavo. Constancia de la delegación de competencias en las resoluciones.
- Noveno. Revocación y avocación de las competencias delegadas.
- Décimo. Habilitación por insuficiencia de medios.
- Undécimo. Revocación de la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 25 de mayo de 2018.
- Duodécimo. Entrada en vigor.
- [firma]


