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Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, sobre delegación de competencias.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 9 de agosto de 2022 · Último cambio el 13 de febrero de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no-2
  2. [preambulo]
  3. Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General.
  4. Segundo. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Gestión Económica y Financiera.
  5. Tercero. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Prestaciones Sanitarias.
  6. Cuarto. Delegación de competencias en la persona titular del Departamento de Prestaciones Sociales.
  7. Quinto. Delegación de competencias en las personas titulares de las Direcciones de los Servicios Provinciales y de Ceuta y Melilla.
  8. Sexto. Delegación de competencias en las personas titulares de las jefaturas de las Oficinas Delegadas.
  9. Séptimo. Abstención en el ejercicio de las competencias delegadas.
  10. Octavo. Constancia de la delegación de competencias en las resoluciones.
  11. Noveno. Revocación y avocación de las competencias delegadas.
  12. Décimo. Habilitación por insuficiencia de medios.
  13. Undécimo. Revocación de la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 25 de mayo de 2018.
  14. Duodécimo. Entrada en vigor.
  15. [firma]