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Legislación › Decreto Legislativo 1/2022, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas.

Artículo 5. Actuaciones concertadas y operaciones de derecho privado.

Artículo 5. Actuaciones concertadas y operaciones de derecho privado.

1. Para cumplir sus funciones, el Instituto Catalán de Finanzas puede utilizar instrumentos de derecho público y privado y firmar convenios de colaboración, conciertos y protocolos de actuación con la Administración pública y con cualquier ente o institución pública o privada.

2. Las operaciones que el Instituto Catalán de Finanzas realice en cumplimiento de su actividad con personas físicas y con entidades jurídicas deben someterse a las normas de derecho privado, en las condiciones establecidas por el artículo 8.

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