Legislación › Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.
Artículo 245. Licencias en edificios fuera de ordenación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2024 y la del 5 de abril de 2025.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 245. Licencias en edificios fuera de ordenación.
En las edificaciones que se encuentren en situación de fuera de ordenación podrán otorgarse licencias, en los supuestos a que se refiere el artículo 115. 115, salvo que se trate de edificaciones construidas sin licencia o sin ajustarse a las condiciones de la licencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-10884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2024 | BOE-A-2024-1373 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2022 | Texto original | Leer |


