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Legislación › Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.

Artículo 35. Clasificación del suelo en los municipios sin planeamiento general.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2022 y la del 1 de enero de 2024. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 35. Clasificación del suelo en los municipios sin Plan. planeamiento general.
En los municipios sin Planeamiento General planeamiento general, el suelo se clasifica en suelo rústico de especial protección y en suelo urbano, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Séptima de esta ley. urbano.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1373 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2022 Texto original Leer

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