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Legislación › Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción orgánica.

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Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción orgánica.
1. El Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, en adelante AESAN OA, es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito orgánicamente al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través de la Secretaría General de Consumo y Juego, con personalidad jurídica diferenciada propia, tesorería y plena capacidad de obrar. patrimonio propios y autonomía en su gestión. La AESAN OA depende funcionalmente del Ministerio de Consumo, Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaría General de Agricultura Recursos Agrarios y Alimentación, Seguridad Alimentaria, y del Ministerio de Sanidad, a través de la Secretaría de Estado de Sanidad, en la esfera de sus respectivas competencias, en los términos establecidos reglamentariamente. La AESAN OA someterá su actuación a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como al principio de transparencia en su gestión.
2. Corresponde a la Secretaría General de Consumo y Juego la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-12711 Leer Qué cambió
25 de agosto de 2022 Texto original Leer

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