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Legislación › Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos.

ANEXO

ANEXO

Especies de animales de compañía

Parte A:

Perros (Canis lupus familiaris).

Gatos (Felis silvestris catus).

Hurones (Mustela putorius furo).

Parte B:

Invertebrados (excepto las abejas, los moluscos pertenecientes al filum Mollusca y los crustáceos pertenecientes al subfilum Crustacea).

Animales acuáticos ornamentales.

Anfibios.

Reptiles.

Aves: Especímenes de especies aviares distintos de las gallinas, pavos, pintadas, patos, gansos, codornices, palomas, faisanes, perdices y estrucioniformes (Ratitae).

Mamíferos: Roedores y conejos distintos de los destinados a la producción de alimentos, así como équidos diferentes de aquellos destinados a producción y renta en lo no previsto en su normativa sectorial de aplicación.

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