Legislación › Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos.
ANEXO
ANEXO
Especies de animales de compañía
Parte A:
Perros (Canis lupus familiaris).
Gatos (Felis silvestris catus).
Hurones (Mustela putorius furo).
Parte B:
Invertebrados (excepto las abejas, los moluscos pertenecientes al filum Mollusca y los crustáceos pertenecientes al subfilum Crustacea).
Animales acuáticos ornamentales.
Anfibios.
Reptiles.
Aves: Especímenes de especies aviares distintos de las gallinas, pavos, pintadas, patos, gansos, codornices, palomas, faisanes, perdices y estrucioniformes (Ratitae).
Mamíferos: Roedores y conejos distintos de los destinados a la producción de alimentos, así como équidos diferentes de aquellos destinados a producción y renta en lo no previsto en su normativa sectorial de aplicación.


