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Legislación › Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

Tercero.

Tercero.

Los valores de los parámetros definidos en el artículo 6 de la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, son los siguientes:

GNd (MWh/día) Emax (MWh/día) Número de consumidores (ni) Cmi (kWh/año) Fc
RL 1 14.721 20.961 4.701.412 2.442,94 0,38
RL 2 27.636 39.351 2.921.336 7.380,75 0,33
RL 3 9.395 13.377 396.906 18.467,17 0,33
RL 4 9.678 13.780 57.944 130.304,24 0,42
RL 5 17.534 24.966 21.011 651.065,63 0,46
RL 6 7.715 10.985 2.325 2.588.769,89 0,57
RL 7 11.875 16.908 1.175 7.884.840,00 0,54
RL 8 24.490 34.871 709 26.949.098,73 0,57
RL 9 35.854 51.051 311 89.944.315,11 0,71
RL 10 63.865 90.937 190 262.247.947,37 0,78
RL 11 278.494 396.540 103 2.109.491.504,85 0,65

Tmbuque: 91.256 m3.

% GNL: 0,54.

fconv: 7.071 kWh/m3 GNL.

mr = 0 %.

mt = 0,2 %.

md = 1,5 %.

Conforme con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, el valor medio ponderado de las primas de las subastas realizadas hasta la fecha para la asignación de slots de descarga de buques del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023 es de 839.030,87 euros.

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