LexTotal

Legislación › Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.

Artículo 14. Colaboración entre administraciones públicas.

Artículo 14. Colaboración entre administraciones públicas.

1. Las actuaciones que lleven a cabo las administraciones públicas en materia de memoria democrática, en sus respectivos ámbitos competenciales, se regirán por el principio de colaboración y subsidiariedad, y en todo caso respetarán el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias.

2. En el marco de colaboración entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, se establecerán las medidas necesarias para asegurar el intercambio de información y la actuación conjunta en la gestión relativa a la elaboración y actualización de los mapas de fosas y el registro de víctimas.

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →