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Legislación › Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

Regla 96. Delimitación y trámite.

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Regla 96. Expedientes Delimitación y trámite.
1. Se regirán por lo dispuesto en esta regla las subvenciones concedidas por el procedimiento ordinario
de contratación tramitación en régimen de personal laboral fijo o temporal. concurrencia competitiva previstas en el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones.
1. Para 2. Durante la tramitación de este tipo de gastos, subvenciones, el servicio gestor al inicio del expediente formulará elaborará un documento RCPU.310, de RCPU.310 por el importe que corresponda al ejercicio corriente, en su caso, de redistribución automática corriente y, en su caso, un documento RCEP.360 o RCTA.365. RCTA.365, por los importes correspondientes a ejercicios posteriores. Dichos documentos se remitirán a la oficina de contabilidad, a excepción de los documentos de gastos plurianuales. Una vez registrados, certificarán la existencia de crédito en el presupuesto corriente y el cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, respectivamente. Dichos documentos se incorporarán al citado expediente.
2. Una vez finalizado 3. De conformidad con el proceso artículo 34.1 de contratación y formalizados la Ley General de Subvenciones, se expedirá por los respectivos contratos, el servicio gestor deberá expedir el oportuno servicios gestores un documento AD.430 A.410 por el importe que de dicho expediente corresponda al presupuesto en curso y, en su caso, los documentos ADEP.470 un documento AEP.460 o ADTA.475, ATA.465, por la parte que se remitirán deba ser aplicada a la oficina ejercicios posteriores, una vez aprobado el expediente de contabilidad para su registro contable.
3. Mensualmente, los servicios gestores deberán presentar los documentos OK.610 en la oficina
gasto de contabilidad subvenciones, aprobación que corresponda será previa a los órganos de gestores que aprobaron las nóminas de estos empleados, junto con los «Resúmenes la publicación de nómina», para su registro la convocatoria en el SICOSS. «Boletín Oficial del Estado».
4. Cuando las partidas presupuestarias relativas a estos gastos se incluyan en los documentos contables ADOK.440 De conformidad con el artículo 34.2 de la nómina de retribuciones, citada Ley, cuando se estará a lo previsto en la regla 78 anterior, si bien, será precisa apruebe la previa expedición y registro concesión de los respectivos documentos RC y AD señalados la subvención se expedirá documento D.500 por el importe que corresponda al presupuesto corriente y, en los apartados anteriores de esta regla. Una vez su caso, un documento DEP.560 o DTA.565, por la parte que se vayan registrando mensualmente los citados aplique a ejercicios posteriores. Dichos documentos ADOK de la nómina, con carácter previo se realizarán anulaciones parciales en los documentos anteriores de ejercicio corriente, y en el ejercicio siguiente, igualmente remitirán, junto con carácter previo, se realizarán anulaciones parciales en los documentos aplicados la correspondiente resolución, a corriente derivados la oficina de los documentos plurianuales, en ambos casos por los importes consignados en los documentos ADOK contabilidad para dichas aplicaciones presupuestarias. su registro contable.
5. Cuando se realicen expedientes de prórrogas De conformidad con el artículo 34.3 de estos contratos, la citada Ley, cuando se estará a lo señalado anteriormente cumplan las condiciones estipuladas en esta regla para los contratos iniciales.
6. Sin perjuicio
el acuerdo de lo indicado en los apartados anteriores, cuando concesión, justificándose previamente por razones debidamente justificadas y siempre a una más adecuada gestión en parte del beneficiario la ejecución realización de los créditos autorizados, se podrá aceptar la expedición actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió en el momento establecido en las normas de documentos ADOK por cada una de las nóminas subvención, el servicio gestor formulará un documento OK.610 que se aprueben. remitirá a la oficina de contabilidad, junto con el acuerdo de reconocimiento de la obligación, para su registro contable.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1775 Leer Qué cambió
3 de noviembre de 2022 Texto original Leer

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