Legislación › Ley 12/2022, de 18 de octubre, de reforma de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja, para la admisión extraordinaria de la participación y la votación telemáticas.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Gobierno de La Rioja, reglamentariamente, determinará las tecnologías de la información y comunicación a utilizar por las entidades locales y las garantías necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones de fe pública por la Secretaría municipal.


