Legislación › Ley 4/2022, de 6 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Aragón.
Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios Profesionales de Higienistas Dentales de Aragón.
Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios Profesionales de Higienistas Dentales de Aragón.
El Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Aragón, que tiene el carácter de general por extenderse a todo el territorio de la Comunidad Autónoma, asume las funciones reconocidas a los Consejos de Colegios de Aragón en la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.


