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Legislación › Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático.

Disposición adicional segunda. Modificación y extinción.

Disposición adicional segunda. Modificación y extinción.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las modificaciones que supongan alteración de la naturaleza jurídica, fines generales o peculiaridades relativas a recursos económicos, régimen de personal, de contratación y fiscal se harán mediante norma con rango de ley. En la misma forma se establecerá su modificación y extinción, que fijará, en este último supuesto, el modo en que sus órganos continuarán desempeñando sus funciones hasta la total liquidación.

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