LexTotal

Legislación › Ley 8/2022, de 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Illes Balears.

Disposición final segunda. Texto refundido.

Disposición final segunda. Texto refundido.

Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que, en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, lleve a cabo su refundición total o solo de las disposiciones de las islas de Eivissa y Formentera de esta ley en el texto de la Compilación.

El texto refundido que se apruebe tendrá que regularizar, aclarar y armonizar las disposiciones aplicables dentro de cada uno de los libros de que se compone la Compilación.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →