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Legislación › Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de enero de 2023 y la del 1 de junio de 2025. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (685 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Cálculo de las unidades de referencia
El cálculo de las unidades de referencia (UR) se realiza multiplicando el número total de animales obtenido de la base de datos SITRAN según la tabla 1 por el peso de referencia medio estimado para el tratamiento de un animal de esa especie y categoría según la tabla 2 en el periodo calculado.
1. UR = 1 kg de peso vivo
Tabla 1. Cálculo del número de animales según clasificación zootécnica
Especies ·
Clasificación zootécnica ·
Cálculo del total de animales ·
Bovino. ·
Explotaciones de reproducción para producción de leche. ·
Censo medio trimestral. ·
Explotaciones de reproducción para producción de carne. ·
Explotaciones de reproducción para producción mixta. ·
Recría de novillas. ·
Otras. ·
Cebaderos. ·
Mamoneras (Explotaciones en las que más del 50 % de los animales entran con una edad de hasta dos meses de vida). ·
Cebaderos de grandes (Explotaciones en las que más del 50 % de los animales entran con una edad de más de dos meses de vida). ·
Porcino. ·
Transición de lechones. ·
Censo declarado más el número de animales de los movimientos de entrada a la explotación en el trimestre. ·
Cebaderos. ·
Mixtas: aquéllas con más de una clasificación zootécnica. ·
Explotaciones de selección y multiplicación. ·
Censo declarado. ·
Centros de inseminación artificial y centros de recogida de semen. ·
Otras: Clasificación zootécnica «otras» + resto de clasificaciones zootécnicas incluyendo las clasificaciones zootécnicas de núcleos zoológicos). ·
Explotaciones de tipo mixto: ciclo abierto y producción de lechones y ciclo mixto. ·
Censo declarado más el número de animales de los movimientos de salida a la explotación en el trimestre. ·
Explotaciones de transición de reproductoras nulíparas y recría de reproductores. ·
Explotaciones de ciclo cerrado. ·
Ovino y Caprino. ·
Explotaciones de reproducción para producción de leche. ·
Censo
medio trimestral. ·
Explotaciones de reproducción para producción de carne. ·
Explotaciones de reproducción para producción mixta. ·
Cebadero. ·
Número de animales de los movimientos de entrada a la explotación en el trimestre. ·
Otras. ·
Censo declarado. ·
Avicultura. ·
Gallus gallus, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos). ·
Capacidad máxima declarada en REGA. ·
Gallus gallus, recría (explotaciones de cría para carne y huevos). ·
Gallus gallus, producción de huevos en jaula. ·
Gallus gallus, producción de huevos mixta. ·
Gallus gallus, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen más de una clasificación zootécnica). ·
Gallus gallus, explotaciones de producción de carne (Broiler). ·
Pavos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos). ·
Pavos, recría (explotaciones para cría de carne y cría para huevos). ·
Pavos, Producción de carne. ·
Patos (explotaciones de selección y multiplicación de carne y huevos). ·
Patos, explotaciones de producción de carne. ·
Avestruces, explotaciones de producción de carne. ·
Otras aves. ·
Conejos. ·
Multiplicación y Selección. ·
Capacidad máxima declarada en REGA. ·
Otras. ·
Producción de gazapos para carne Producción para caza de repoblación. ·
Capacidad máxima más número de animales de los movimientos de salida a la explotación en el trimestre. ·
Équidos. ·
Clasificación única. ·
Censo medio trimestral. ·
Animales acuáticos. ·
Clasificación única. ·
Producción estimada por toneladas. ·
Tabla 2. Pesos de referencia medios estimados en el momento del tratamiento de un animal por especie y categoría animal
Categoría animal ·
Peso kg ·
Bovino. ·
Más de 12 meses. ·
425 ·
Entre 6 y 12 meses. ·
200 ·
Entre 3 y 6 meses. ·
125 ·
Menor de 3 meses. ·
70 ·
Ovino y caprino. ·
Reproductores. ·
75 ·
Animales menores de 12 meses. ·
20 ·
Porcino. ·
·
Cerdo de cebo. ·
65 ·
Lechones. ·
25 ·
Reproductores. ·
240 ·
Recría/transición (lechones). ·
25 ·
Reposición de reproductoras. ·
240 ·
Aves. ·
·
Gallus gallus producción mixta. ·
1,4 ·
Gallus gallus producción de huevos. ·
1,8 ·
Gallus gallus explotaciones de producción de carne (Broiler). ·
1 ·
Gallus gallus recría. ·
0,7 ·
Gallus gallus reproductoras. ·
1,8 ·
Patos. ·
2 ·
Pavos. ·
6,5 ·
Otras aves. ·
1 ·
Avestruces. ·
100 ·
Équidos. ·
400 ·
Conejos. ·
1,8 ·
Téngase en cuenta que esta actualización de las tablas 1 y 2, establecida por la disposición final 6.8 del Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, BOE-A-2025-8160, entra en vigor el 1 de junio de 2025, según determina su disposición final 10.
Redacción anterior:
"Tabla 1. Cálculo del número de animales según clasificación zootécnica
Especies ·
Clasificación zootécnica ·
Cálculo del total de animales ·
Bovino. ·
Explotaciones de reproducción para producción de leche. ·
Censo medio trimestral. ·
Explotaciones de reproducción para producción de carne. ·
Explotaciones de reproducción para producción mixta. ·
Recría de novillas. ·
Otras. ·
Cebaderos. ·
Censo medio
trimestral más el número de animales de los movimientos de entrada a la explotación en el trimestre, menos el número de animales de los movimientos de salida de la explotación en el trimestre. ·
Porcino. ·
Transición de lechones. ·
Censo declarado más el número de animales de los movimientos de entrada a la explotación en el trimestre. ·
Cebaderos. ·
Mixtas: aquéllas con más de una clasificación zootécnica. ·
Explotaciones de selección y multiplicación. ·
Censo declarado. ·
Centros de inseminación artificial y centros de recogida de semen. ·
Otras: clasificación zootécnica «otras» + resto de clasificaciones zootécnicas incluyendo las clasificaciones zootécnicas de núcleos zoológicos). ·
Explotaciones de tipo mixto: ciclo abierto y producción de lechones y ciclo mixto. ·
Censo declarado más el número de animales de los movimientos de salida a la explotación en el trimestre. ·
Explotaciones de transición de reproductoras nulíparas y recría de reproductores. ·
Explotaciones de ciclo cerrado. ·
Ovino y Caprino. ·
Explotaciones de reproducción para producción de leche. ·
Censo declarado. ·
Explotaciones de reproducción para producción de carne. ·
Explotaciones de reproducción para producción mixta. ·
Cebadero. ·
Número de animales de los movimientos de entrada a la explotación en el trimestre. ·
Otras. ·
Censo declarado. ·
Avicultura. ·
Gallinas, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos). ·
Capacidad máxima declarada en REGA. ·
Gallinas, recría (explotaciones de cría para carne y huevos). ·
Gallinas, producción de huevos en jaula. ·
Gallinas, producción de huevos mixta. ·
Gallinas, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen más de una clasificación zootécnica). ·
Gallinas, explotaciones de producción de carne. ·
Pavos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos). ·
Pavos, recría (explotaciones para cría de carne y cría para huevos). ·
Pavos, Producción de carne. ·
Patos (explotaciones de selección y multiplicación de carne y huevos). ·
Patos, explotaciones de producción de carne. ·
Avestruces, explotaciones de producción de carne. ·
Otras aves. ·
Conejos. ·
Multiplicación y Selección. ·
Capacidad máxima declarada en REGA. ·
Otras. ·
Producción de gazapos para carne. Producción para caza de repoblación. ·
Capacidad máxima más número de animales de los movimientos de salida a la explotación en el trimestre. ·
Équidos. ·
Clasificación única. ·
Censo declarado. ·
Animales acuáticos. ·
Clasificación única. ·
Producción estimada por toneladas. ·
Tabla 2. Pesos de referencia medios estimados en el momento del tratamiento de un animal por especie y categoría animal
Categoría animal ·
Peso kg ·
Bovino. ·
·
Más de 12 meses. ·
425 ·
Entre 6 y 12 meses. ·
200 ·
Entre 3 y 6 meses. ·
125 ·
Menor de 3 meses. ·
70 ·
Ovino y caprino. ·
·
Reproductores. ·
75 ·
Animales menores de 12 meses. ·
20 ·
Porcino. ·
·
Cerdo de cebo. ·
65 ·
Lechones. ·
25 ·
Reproductores. ·
240 ·
Recría/transición (lechones). ·
25 ·
Reposición de reproductoras. ·
240 ·
Aves. ·
·
Gallinas producción mixta. ·
1,4 ·
Gallinas producción de huevos. ·
1,8 ·
Gallinas producción para carne. ·
1 ·
Broiler. ·
1 ·
Gallinas, recría. ·
0,7 ·
Gallinas, reproductores. ·
1,8 ·
Patos. ·
2 ·
Pavos. ·
6,5 ·
Otras aves. ·
1 ·
Avestruces. ·
100 ·
Équidos. ·
400 ·
Conejos. ·
1,4 1,4" ·

Redacciones de este artículo

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1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-8160 Leer Qué cambió
2 de enero de 2023 Texto original Leer

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