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Legislación › Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

Artículo 13. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto.

Artículo 13. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto.

Las empresas emergentes no incurrirán en causa de disolución por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso, hasta que no hayan transcurrido tres años desde su constitución.

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