Legislación › Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Artículo 32. Objeto y requisitos generales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de marzo de 2023 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 32. Objeto y requisitos generales.
1. Se concederá una ayuda a los agricultores activos que lo soliciten y cumplan lo previsto en el en el artículo 23 y la presente subsección, con el objetivo de mejorar la gestión y sostenibilidad de las superficies de tierras de cultivo, bien aumentando la absorción de carbono en estas superficies mediante la eliminación del laboreo y el mantenimiento de una cubierta vegetal todo el año o bien en favor de la agroecología, la mejora de la estructura y características del suelo y la reducción de emisiones, a través de una práctica de rotación con especies mejorantes.
2. A los efectos de este ecorrégimen, esta subsección, serán consideradas parcelas de regadío aquellas declaradas como tal en la solicitud única de la campaña, o campaña. A petición del beneficiario, también podrán considerarse parcelas de regadío aquéllas que se ubiquen en recintos SIGPAC que hayan sido explotados en regadío en alguna de las tres campañas precedentes.
3. Para cada uno de los tres ecorregímenes contenidos en esta subsección, el importe de la ayuda recibida por hectárea será el mismo con independencia de la práctica que se realice, dentro de las prácticas previstas en los artículos 36 y 37, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 25 y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 37 en lo que respecta al complemento de plurianualidad para la práctica de siembra directa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-20583 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2024 | BOE-A-2023-26460 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 2023 | BOE-A-2023-5370 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | Texto original | Leer |


