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Legislación › Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha.

Artículo 36. Otro personal.

Artículo 36. Otro personal.

Además del personal de auditoría, la Cámara de Cuentas dispondrá del personal funcionario o laboral, de carácter técnico, administrativo, auxiliar o subalterno, que resulte necesario para el ejercicio de sus funciones, conforme a lo previsto en su relación de puestos de trabajo.

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