Legislación › Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional segunda. Reglamento de organización y funcionamiento.
Disposición adicional segunda. Reglamento de organización y funcionamiento.
La persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas elevará a la Mesa de la Cortes de Castilla-La Mancha, para su eventual aprobación por el Pleno, el proyecto de reglamento de organización y funcionamiento de la Cámara de Cuentas, en el plazo de tres meses a contar desde su designación.
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